Del 1 de enero al 20 de diciembre de la presente gestión, la Aduana Nacional de Bolivia registró 66.956 vehículos de turismo (extranjeros y nacionales) que ingresaron y salieron legalmente de territorio nacional por las Fronteras de Tarija, previo cumplimiento del llenado del Formulario SIVETUR (Sistema de Vehículos Turistas), informó el Gerente Regional de Aduana Tarija, Carlos Vilar.
“De acuerdo al Sistema de Aduana tenemos en total 54.130 registros en la Frontera Bermejo, de los cuales, 48.957 son de ingreso a Bolivia y 5.173 de salida hacia Argentina, en la frontera de Yacuiba se registraron 10.558 vehículos, (7.860 ingresos y 2.698 salidas) y en el recinto de Cañada Oruro 2.268 registros, (1.614 ingresos y 654 salidas), haciendo total de 66.956 vehículos a nivel Tarija. Informó, Vilar.
El registro SIVETUR se otorga conforme al Art. 133 de la Ley General de Aduanas y su Reglamento, el D.S. 25870, el cual regula el periodo máximo de permanencia para los vehículos de turismo, alineado con la duración de la visa de turismo otorgada por la autoridad migratoria. El formulario detalla las características del vehículo y establece plazos de estadía, limitando la permanencia a un máximo de 90 días. Al firmar el documento, el turista certifica su conocimiento de la normativa boliviana y su compromiso de cumplirla. La cumplimentación del formulario debe realizarse de manera presencial para la verificación de las pertenencias transportadas.
Aclarar, si el turista excede el tiempo de permiso establecido en el formulario, la Administración Aduanera le otorgará un plazo excepcional de 20 días calendario para abandonar el territorio aduanero nacional, previo pago de la contravención de 2.500 UFVs, si sobrepasa este tiempo se procederá al comiso del vehículo. Mencionó, Vilar.
Recomendar a la población que por fiestas de fin de año sale del país o reciben familiares que ingresan al departamento con su vehículo, cumplan con los siguientes requisitos:
*Requisitos*
1.- Turistas extranjeros, pasaporte con visa de turista, u otro documento otorgado por la Dirección General de Migración (DIGEMIG).
2.- Turistas bolivianos que residen en el extranjero, el documento de residencia, emitido por la entidad competente en el país de residencia.
3.- Para bolivianos o extranjeros que residen en territorio aduanero boliviano la Cédula de Identidad o pasaporte.
4.- Documento de propiedad del vehículo.
5.- Para vehículos con placa nacional, el Certificado de Registro de Propiedad o documento equivalente, por el cual se establezca la propiedad del vehículo.
6.- Los conductores extranjeros o bolivianos de vehículos de uso privado que no son propietarios de los mismos, deben presentar:
- Vehículos con placa extranjera.- El documento emitido por el Consulado de Bolivia en el país de origen o procedencia del vehículo. Para conductores autorizados cuyo vehículo tenga placa/patente de la República Argentina, será válida la presentación de la Tarjeta Azul o el documento de autorización expresa del propietario del vehículo turístico al conductor autorizado; no siendo requisito la presentación del documento de autorización emitido por el Consulado de Bolivia en el país de origen o procedencia.
• Vehículos con placa nacional.- Para el conductor que sea un autorizado, la autorización expresa del propietario del vehículo turístico al turista no ante Notario de Fe Pública.