
Autoridades y dirigentes con fines políticos cuestionan el proyecto que está implementando la Alcaldía de Tarija denominado Tarija te cuida- Zonas Seguras”, Consultado sobre la legalidad de la implementación del control del trafico urbano municipal, mediante el sistema de foto multas por parte del Gobierno Autónomo Municipal de Tarija, Freddy Esteban Ortuño Casón, Director de Gestión Autonómico y Desarrollo Competencial, manifestó que la solidez jurídica de dicho proyecto está garantizada y no queda sujeta a ningún tipo de discusión, pues el mismo Tribunal Constitucional Plurinacional, ya se ha manifestado al respecto, ratificando que los Gobiernos Autónomos Municipales tienen la Competencia Exclusiva para controlar y generar multas de tráfico Urbano.
“Es un tema constitucional y legalmente cerrado, referir que el Artículo 302. I. 18 otorga en favor de los Gobiernos Municipales la Competencia exclusiva de Transporte urbano, registro de propiedad automotor, ordenamiento y educación vial, administración y control del tránsito urbano, lo cual permite a los Gobiernos Municipales establecer mecanismos de control de semáforos o fijar y hacer cumplir el límite de velocidad en calles y avenidas, situación que también está fijada en la Ley Nacional N° 165 “Ley General del Transporte” que reconoce como competencias exclusivas de los municipios el ordenamiento y control del tránsito urbano”, dijo Ortuño Casón.
Cabe mencionar que el espíritu de dicho proyecto es evitar accidentes fatales, ya que las denominadas fotomultas fueron instaladas en 5 zonas de la ciudad donde los accidentes de tránsito registrados en pasadas gestiones terminaron con el saldo de personas fallecidas. Las críticas se centraron en lo que respecta a la competencia y legalidad del proyecto
“Es pertinente hacer mención que, al ejercer el Gobierno Autónomo Municipal de Tarija, su competencia exclusiva de Transporte urbano, registro de propiedad automotor, ordenamiento y educación vial, administración y control del tránsito urbano, mediante la Leye Municipal N° 117 de Movilidad Urbana y Transporte de fecha 16 de diciembre de 2016, Ley Municipal N° 144 de fecha 16 de noviembre de 2017 y demás normatividad reglamentaria conexa, se hace legalmente inaplicable el llamado “Código de Transito”, Ley Nacional de naturaleza pre constitucional, que deja de tener efectos legales cuando los municipios emiten su legislación autonómica en materia de transporte, tal y como acontece en el caso del Municipio de Tarija, criterio legal que de manera textual e inequívoca se encuentra ordenado en la Declaración Constitucional Plurinacional N° 0004/2013, la Declaración Constitucional Plurinacional N° 0215/2015, la Declaración Constitucional Plurinacional N° 0019/2015, la Sentencia Constitucional Plurinacional N° 1085/2014, la Sentencia Constitucional Plurinacional N° 0164/2015-S3, la Declaración Constitucional Plurinacional N° 0026/2013, la Sentencia Constitucional Plurinacional N° 2055/2012, entonces se tiene todo el respaldo legal”, declaró Ortuño.
Por último, Ortuño indicó que en el marco de lo determinado en los artículos 179. bis del Código Penal Boliviano, negarse a dar cumplimiento a resoluciones constitucionales impidiendo el ejercicio de Competencias Exclusivas del Autónomo Municipal de Tarija, es un delito serio, constituyéndose además en una imperdonable traición a la autonomía tarijeña y un peligroso resurgimiento del centralismo pre constitucional.
Por su parte el jefe de despacho de la Alcaldía, Fernando Martínez, remarcó que aún se está en etapa de socialización y que se busca reducir los accidentes de tránsito.