jueves, septiembre 18

Cámara de Diputados sanciona ley que prohíbe matrimonios con menores de edad

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A las 14:13 de este miércoles, cinco meses después de haber recibido el proyecto desde el Senado, la Cámara de Diputados sancionó la “Ley Modificatoria a la Ley N° 603 del Código de las Familias y del Proceso Familiar”, que impide el matrimonio con menores de edad y entre menores de edad. La nueva ley pasó al Ejecutivo para ser promulgada.
 

“La persona podrá constituir libremente matrimonio o unión libre, una vez cumplida la mayoría de edad”, señala el texto de la nueva ley.
 

“El matrimonio o la unión libre entre personas menores a la edad requerida, es nulo de pleno derecho y no puede convalidarse bajo ninguna circunstancia”, señala el texto modificatorio del artículo 170 del Código de las Familias y del Proceso Familiar (Ley 603).
 

El Bolivia, el artículo 4 del Código Civil, señala que la mayoría de edad es a los 18 años, por tanto, los matrimonios podrán celebrarse después de esa edad.
 

“Hoy se sancionó el Proyecto de Ley 092/2024-2025, que elimina las excepciones legales que permitían matrimonios y uniones antes de los 18 años. Desde la Defensoría del Pueblo visibilizamos está problemática a través del informe ‘Sueños Interrumpidos’, recomendando la abrogación de artículos del Código de las Familias, que aún permite esta práctica de forma excepcional”, escribió el defensor del pueblo, Pedro Callisaya en su cuenta X.

De acuerdo con la explicación de la jefa de la unidad de género de la Defensoría del Pueblo, Bolivia Sánchez, la entidad presentó el trabajo para sensibilizar el tratamiento de la norma, puesto que entre 2023 y 2024 se registraron 4.000 matrimonios entre adolescentes de 16 y 17 años.
 

“Después de entrada en vigencia de la Ley (603) hemos encontrado 464 matrimonios de niñas de 10, 11, 12 años, adolescentes de 13, 14 y 15 años, entonces, para nosotros era preocupante y ese informe lo demuestra con datos, con hallazgos”, dijo. Fue por este motivo que la Defensoría apuntaló la modificación a esa ley, quitando cualquier excepción que permita el matrimonio de menores.
 

Precisamente fueron esos artículos los que abordaron los diputados, aunque en la sesión se leyeron cartas de instituciones que pedían aplazar el tratamiento y socializar el documento; sin embargo, los diputados optaron por seguir su consideración y al final fue sancionado.
 

“Se deroga el Artículo 106 y los parágrafos II y III del Artículo 139 de la Ley N’ 603, de 19 de noviembre de 2014, del ‘Código de las Familias y del Proceso Familiar’”, señala el artículo derogatorio de la nueva Ley.ELDEBER


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