El Tribunal Constitucional Plurinacional (TCP) ratificó, una vez más, que el expresidente Evo Morales, no puede volver a ser candidato a las elecciones generales. Tal como lo establece la normativa vigente.
A través de la sala cuarta especializada, el TCP emitió el auto constitucional 0083/2024 ECA referida a la solicitud de Enmienda y Complementación Aclaración de la Sentencia Constitucional Plurinacional 1010/2023-S4 de 28 de diciembre, presentada por José Carlos Gutiérrez Vargas, dentro de la acción de amparo constitucional interpuesta por Miguel ángel Balcázar Ruiz contra David Choquehuanca.
“El periodo de mandato de los representantes nacionales, se sujetará a las reglas constitucionales señaladas en el mismo, siendo posible para los Órganos Legislativo, Ejecutivo y Judicial, el ejercicio de dicho mandato por dos periodos similares, sean estos continuos o discontinuos sin posibilidad de ampliarse a un tercer mandato; dado que, el fin del Constituyente, a partir de lo determinado por la Constitución Política del Estado en actual vigencia, es evitar de cualquier modo, la permanencia de una autoridad electa; en el caso de los Órganos Ejecutivo y Legislativo por más de diez años; en el Judicial por más de 12 años; y en el Electoral a uno solo sin posibilidad a reelección”, reza la determinación del TCP.
Con este auto constitucional el TCP ratifica su sentencia 1010/2023 y ratifica que Evo Morales y cualquier autoridad que haya ejercicio un cargo nacional, departamental o municipal solo puede ejercer por dos mandatos sea esta continua o discontinua.
Asimismo, la sentencia afecta a otras figuras políticas. Entre ellas se encuentran Johnny Fernández, quien no podrá postularse nuevamente a la alcaldía de Santa Cruz, ni Rubén Costas, quien no podrá buscar la reelección a la Gobernación cruceña.
Además, otros como Ernesto Suárez y Juan del Granado se verán impedidos de postularse nuevamente a los cargos que previamente ocuparon, lo que marca un importante giro en la política electoral del país.ELDEBER